El Artículo 27 Constitucional en la Constitución de 5 de febrero de 1917

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Manuel Ruiz Daza

Resumen

 

 México ha enfrentado problemas agrarios a lo largo de su historia. Desde el reparto de las tierras descubiertas en 1492, que no tiene justificación, pasando por el injusto acaparamiento de tierras durante el virreinato, hasta la conformación de enormes latifundios en el siglo XIX y durante el Porfiriato. La Revolución Mexicana engendró el artículo 27 constitucional que restituyó tierras a los poblados despojados y creó los ejidos dotándolos de tierras para beneficiar a los pobres. Nace así el Derecho Social Agrario.

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Cómo citar
Ruiz Daza, M. (2017). El Artículo 27 Constitucional en la Constitución de 5 de febrero de 1917. Revista De La Facultad De Derecho De México, 67(267), 423–465. https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2017.267.58904
Biografía del autor/a

Manuel Ruiz Daza, Facultad de Derecho de la UNAM.

 

 Maestro de Derecho Agrario y Director del Seminario de Derecho Agrario de la UNAM.